Rige la nueva ley de alquileres

Desde el 1° de julio rige la nueva ley de alquileres que, entre otras novedades, introduce cambios en la actualización del valor de los alquileres, el pago de expensas y crea el Programa Nacional de Alquiler Social. La ley es de aplicación inmediata para los contratos con destino a vivienda que se celebren a futuro.

Principales puntos de la Ley 27551:

  • El índice para la actualización anual de los precios estará conformado en igual medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central (BCRA).

  • El plazo mínimo de la locación de inmueble serán tres años.

  • El importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler. Será devuelto al valor equivalente al último mes de locación

  • Los locadores deberán aceptar como garantía alguna de las siguientes opciones: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos que pueden sumarse en caso de ser más de un locatario).

  • Será obligación del locador declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP)

Enlace a la Ley 27551 publicada en el Boletín Oficial

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